LEY 14.310
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires,
sancionan con fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°: Declárase al partido de Moreno como “Capital Provincial del Plantín
Floral”.
ARTÍCULO 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos
Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil
once.
Horacio Ramiro González Federico Carlos Scarabino
Presidente Vicepresidente 1º en ejercicio de la Presidencia
H. C. Diputados H. Senado
Manuel Eduardo Isasi Máximo Augusto Rodríguez
Secretario Legislativo Secretario Legislativo
H. C. Diputados H. Senado
DECRETO 1.704
La Plata, 3 de octubre de 2011.
Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.
Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura Gobernador
de Gabinete de Ministros
REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL TRESCIENTOS DIEZ (14.310).
Mariano C. Cervellini
Secretario Legal y Técnico
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